HRW: Gobierno chileno debe poner fin a las deportaciones de venezolanos y debe cumplir el derecho internacional

Se debe poner fin a las deportaciones sumarias y respetar el debido proceso

El gobierno chileno debe poner fin a las deportaciones sumarias de venezolanos y asegurar que todas las deportaciones cumplan con el derecho internacional de los derechos humanos, señaló hoy Human Rights Watch.

En una serie de sentencias, la Corte Suprema de Chile y diversas cortes de apelaciones ordenaron a las autoridades chilenas poner fin, en casos específicos, a las deportaciones de venezolanos, debido a los graves riesgos que podrían enfrentar en Venezuela. Las sentencias también dejaron en evidencia violaciones al debido proceso, incluido el derecho a ser oído y a presentar pruebas, antes de que se lleven a cabo las deportaciones.

“Los tribunales de Chile han demostrado que muchos venezolanos que buscaban escapar de la devastadora crisis en su país de origen fueron deportados sin debido proceso, vulnerando estándares elementales del derecho internacional”, manifestó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Es contradictorio que el gobierno chileno condene con firmeza los abusos en Venezuela mientras ignora los derechos de los venezolanos en su afán por deportarlos a un país donde sus vidas podrían correr peligro”.

Se estima que más de 457.000 venezolanos viven actualmente en Chile. La mayoría está en el país de manera legal, pero, desde 2019, las políticas gubernamentales migratorias han hecho que les resulte cada vez más difícil solicitar y obtener visas o refugio, lo cual limita las opciones disponibles para regularizar su situación.

En abril, el gobierno anunció que tenía previsto deportar a 1.500 personas de distintas nacionalidades en 15 vuelos chárter durante el 2021. Según cifras oficiales obtenidas por el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM), el gobierno había deportado a 294 personas hasta el mes de abril; en la mayoría de los casos, sin control judicial. La mayor parte eran venezolanas.

El gobierno deportó a otras 125 personas de distintas nacionalidades en junio. El 6 de junio, las autoridades chilenas deportaron a 53 venezolanos, incluidos 34 deportados de forma sumaria durante el fin de semana, cuando las cortes de apelaciones estaban cerradas. Los otros 19 venezolanos habían sido condenados por algún delito, lo cual puede ser base para una deportación en Chile como medida sustitutiva a la pena de prisión.

Algunos tenían familiares en Chile, un dato que debió haber sido tomado en cuenta para suspender la deportación; no se les permitió hacer una llamada telefónica ni tener acceso a un abogado, lo cual limitó sus posibilidades para objetar la deportación; incluso algunos tenían apelaciones en trámite en contra de sus órdenes de deportación, señalaron a Human Rights Watch organizaciones de derechos humanos y la Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales.

El Ministro del Interior Rodrigo Delgado señaló que estas deportaciones se llevaron a cabo en coordinación con las autoridades venezolanas. Una vez consumadas las deportaciones, la Corte Suprema ordenó a las cortes de apelaciones que, en el futuro y en caso de ser necesario, trabajaran fuera del horario regular de los tribunales para conocer recursos de amparo urgentes, como los presentados a favor de las personas detenidas para ser deportadas.

Human Rights Watch examinó 21 sentencias judiciales que brindaron protección a un total de 80 venezolanos y más de 250 órdenes de deportación; entrevistó a activistas del ámbito humanitario y de derechos humanos; y documentó en profundidad dos casos ilustrativos de deportaciones que se produjeron en el vuelo del 6 de junio, a través de entrevistas a los deportados y a sus familiares en Chile.

Darwin Daniel Sosa Piña, de 24 años, fue detenido el 5 de junio en su lugar de trabajo, transferido a una dependencia de la Policía de Investigaciones (PDI) y deportado en el vuelo del 6 de junio. Según manifestó a Human Rights Watch, les dijo a los agentes de la PDI que su pareja, quien estaba embarazada, se encontraba en Chile, pero ellos siguieron adelante con la deportación de todas maneras. Aún estaba pendiente una apelación de la orden de deportación que había recibido en marzo, explicó. La Corte de Apelaciones de Iquique anuló la orden de deportación el 14 de junio, cuando Sosa Piña ya se encontraba en Venezuela.

En otro caso, el 5 de junio, un hombre que se identificó como agente de la PDI llamó por teléfono a una mujer de 58 años y le dijo que se encontrara con él en un supermercado para discutir su situación legal en Chile, según informó a Human Rights Watch un familiar de la mujer. Cuando la mujer llegó al supermercado, el agente la esposó y le dijo que sería deportada conforme a una orden emitida casi un año antes que, según ella, nunca había recibido. Pudo hablar una vez con su hija, que vive en Chile y tiene una visa profesional, antes de que un agente le quitara el teléfono.

Un recurso presentado por abogados de derechos humanos el 5 de junio, tras conversar con su hija, indicó que regresar a Venezuela podía poner en riesgo la salud de la mujer, puesto que no podría recibir tratamiento para dos hernias de disco, y que su hijo de 19 años, quien tenía una discapacidad y vivía con ella, necesitaba de su asistencia diaria. No obstante, la mujer fue enviada a Venezuela en el vuelo del 6 de junio. La corte dispuso que no fuera deportada luego de que la deportación ya había ocurrido.

Estos casos ponen de manifiesto un problema mayor: las deportaciones que han estado promoviendo intendencias regionales y la PDI no cumplen con las garantías de debido proceso, señaló Human Rights Watch.

Human Rights Watch ha identificado los siguientes problemas relacionados con procesos de deportación inadecuados y otras fallas en los sistemas de inmigración y refugio:

Ausencia de debido proceso: La PDI a menudo informa a los venezolanos que ingresan irregularmente al país que deben “autodenunciarse” para regularizar su situación migratoria, y luego usa dichas denuncias como la única o principal prueba para su deportación. Adicionalmente, la PDI a veces no les informa a los migrantes por qué están siendo detenidos, o les dice que la detención forma parte del proceso para obtener estatus legal en el país. Esto no permite que los migrantes contacten a un abogado o adviertan a su familia acerca de su inminente deportación.

En las sentencias judiciales y las órdenes de deportación emitidas por una de las intendencias regionales que revisó Human Rights Watch, así como en las entrevistas con migrantes deportados y con actores clave del sector humanitario, se observa que, en la gran mayoría de los casos, los policías no permitieron que los migrantes objetaran su deportación antes de que se dictara la orden de deportación. De este modo, se menoscabó su derecho a ser escuchados y a presentar pruebas para impugnar la expulsión. En algunas oportunidades, las órdenes de deportación habían sido dictadas meses antes de la expulsión, pero en muchos casos la persona implicada no había sido debidamente notificada.

Muchos migrantes se enteraron de que se había dictado una orden de deportación en su contra pocos días antes de ser detenidos, o incluso el mismo día. Una vez detenidos, la mayoría no tuvo acceso a un abogado, y en los casos en que un abogado se presentó en una dependencia de la PDI para representarlos, generalmente no tuvo tiempo suficiente para apelar la deportación ante un tribunal o para que el tribunal pudiera frenarla.

La Corte Suprema ha anulado varias órdenes de deportación en los últimos meses por considerar que fueron producto de un “procedimiento contencioso administrativo insuficiente”. En casi todos los casos, esta anulación fue posterior a la deportación. Las autoridades chilenas señalan que fue por “cuestiones logísticas”—y no una estrategia “para dejar a alguien afuera”— que resultó necesario realizar deportaciones durante los fines de semana.

Las entrevistas realizadas por Human Rights Watch y las resoluciones dictadas en estos casos demuestran que, en los hechos, el gobierno chileno privó a los migrantes de la posibilidad de ejercer plenamente los derechos garantizados por el derecho internacional. Diversas agencias de la ONU han manifestado que las deportaciones llevadas a cabo durante fines de semana en Chile limitan el “acceso a la justicia”, y el Relator Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los migrantes, Felipe González, ha hecho críticas similares. Incluso en días hábiles, las deportaciones que llevó a cabo el gobierno no siempre otorgaron un plazo suficiente para que se pudiera dictar una resolución judicial que impidiera la deportación antes del vuelo de vuelta a Venezuela.

La Convención sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, de la cual Chile es parte, garantiza el derecho de los trabajadores migrantes y sus familiares a someter un caso de expulsión a revisión, y a que se suspenda la ejecución de la decisión mientras que la revisión esté en curso.

Deportaciones colectivas y falta de determinación individual: Si bien se presentó una resolución administrativa por cada persona deportada en febrero, estas resoluciones no incluyeron análisis individuales de las circunstancias de cada caso, según señaló el Comité de la ONU de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. El lenguaje empleado en diversos casos fue prácticamente idéntico, y no se realizó un análisis caso por caso.

Human Rights Watch revisó más de 250 resoluciones administrativas emitidas por la Intendencia Regional de Tarapacá entre febrero y abril, las cuales fueron provistas por el SJM, y concluyó que eran consistentes con las conclusiones del comité. Las decisiones no hacen referencia a las circunstancias individuales de cada caso, que no parecen haber sido tomadas en cuenta.

Al analizar las deportaciones en Chile, las agencias de la ONU en el país y el Relator Especial de la ONU han destacado en reiteradas oportunidades que todas las personas tienen derecho a que se evalúen sus circunstancias de forma individual, incluyendo la necesidad de recibir protección y los riesgos que la deportación podría representar para su vida, su libertad o su integridad.

Separación de familias: Para la gran cantidad de venezolanos cuyo estado civil o parental no está registrado ante el Estado chileno, las deportaciones sumarias no les permiten demostrar que tienen vínculos familiares en Chile. Probar estos vínculos puede resultar difícil para los venezolanos, ya que es difícil obtener documentos oficiales como certificados de matrimonio y de nacimiento tanto en Venezuela como en el extranjero, donde los servicios consulares venezolanos son limitados. Como las decisiones sobre deportaciones en Chile son adoptadas, consistentemente, sin conceder audiencias, los migrantes no cuentan con una oportunidad para presentar sus argumentos y las pruebas que les permitirían demostrar sus vínculos familiares.

Abogados de derechos humanos manifestaron a Human Rights Watch que algunas de las personas detenidas con órdenes de deportación no mencionan sus vínculos familiares a las autoridades para evitar que otros integrantes de sus familias sean deportados. Estas deportaciones pueden violar el derecho de los niños y niñas a la unidad familiar. Chile debe priorizar el interés superior de los niños y niñas y facilitar su reunificación con sus padres, señaló Human Rights Watch.

Fuente: HRW